Medidas de Protección

Las medidas de protección en violencia doméstica pretenden disminuir las consecuencias producto de la agresión intrafamiliar.
¿Qué es la violencia intrafamiliar?
Son todas las formas de abuso de poder que se desarrollan en el contexto de las relaciones familiares.

Objetivo Medidas de Protección

El objetivo es proteger la vida, integridad y dignidad. Contra agresiones perpetradas por parientes por consanguinidad, afinidad, adopción hasta tercer grado.
Los grupos vulnerables identificados son las mujeres, las niñas, niños, las personas con discapacidad y las personas mayores.

Parientes Consanguíneos

Parientes Afinidad

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pareja

Otros casos

En los casos de adopción, guarda, tutela o curatela.

Presupuestos para medidas protección

Es imprescindible que exista una situación de urgencia. Una probabilidad que lo que se alega sea cercano a la certeza.
La urgencia se determina a partir de los mismos hechos narrados por la víctima. En consecuencia, hacen que el juzgador adopte la medida para evitar un daño mayor o de difícil reparación.

No se requiere garantía

No se requiere rendir garantía para solicitar las medidas de protección. Porque lo que se garantizan son derechos humanos, la vida, la integridad psíquica y física. Su valor es invaluable.

Resolución fundamentada

La resolución que determina las medidas de protección debe estar debidamente fundamentada. Se debe aplicar el derecho de fondo. En virtud, que se determinan una serie de restricciones  a la persona que debe soportar la medida.

Resolver de manera inmediata el conflicto

violencia

La finalidad es resolver el conflicto de forma inmediata. Además,  la medida que más se adapte al caso en concreto. No se deben otorgar medidas que no se puedan ejecutar. De ahí, la importancia de conocer exactamente las necesidades de la víctima para evitar que la agresión se siga dando.

Así entonces podemos decir que estas órdenes de protección son autónomas, se agotan a sí mismas una vez que se dictan, no garantizan el resultado de un proceso, no son accesorias ni provisionales a un asunto principal, no necesariamente cesan con el dictado de la sentencia y para su adopción se requiere de fuerte probabilidad del derecho que haga necesaria y urgente la tutela.
(Víquez, 2008, 358-359)

¿Dónde se solicitan?

Las medidas de protección se solicitan ante el juez de violencia doméstica. Sin embargo, debe tener presente que si los hechos que denuncia encuadran en un delito penal, usted será llamada/o por el Ministerio Público.

Forma de la solicitud

La denuncia se hace de manera verbal o por escrito. Es importante que rinda una declaración detallada de los hechos. Además, se debe indicar el domicilio exacto del presunto agresor.

Juzgado competente

La persona agredida determina el lugar donde solicita las medidas de protección, sin importar donde ocurrieron los hechos.

juez

Tipos de medidas de Protección

A continuación mencionaré algunas medidas de protección según el artículo número 3 de la Ley contra la violencia doméstica:

Por último les comparto el siguiente artículo https://private.rafaelramoscr.com/relaciones-de-pareja/la-importancia-de-un-abordaje-integral-en-los-femicidios/

Bibliografía
Benavides, D. (2008). Derecho Procesal de Familia. Editorial Jurídica Continental.

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